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Modificaciones de crédito

Los Presupuestos de la Generalitat se aprueban anualmente por les Corts mediante el procedimiento establecido legalmente. Sin embargo, a lo largo del ejercicio presupuestario y con el objetivo de adaptarse a las necesidades reales, los presupuestos pueden ser modificados, dentro de los límites establecidos en la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, por medio de incorporaciones de crédito, créditos extraordinarios y suplementos de crédito, ampliaciones de crédito, transferencias de crédito y generaciones y anulaciones de crédito.

 

Pie de página

Fuente: órgano competente en materia de elaboración, programación presupuestaria y relaciones financieras con las entidades locales
Fecha de actualización: febrero 2024
Periodicidad: trimestral
Fecha de creación: enero 2016
Fundamento jurídico: art.17.1.d) de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 9223, de 22.04.2022) el día 22.04.2023, art. 15 del Decreto 105/2017, de 28 de julio, del Consell, de desarrollo de la Ley 2/2015, de 2 de abril (DOGV núm. 8118, de 01.09.2017)