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Alta dirección de programas para la Gestión de Fondos Europeos
La selección de las persones que vayan a ocupar estos puestos de dirección de programas se sujetará a los principios de mérito y capacidad, así como a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y la concurrència teniendo en cuenta los conocimientos especializados en la gestión de fondos europeos, la experiencia profesional en funciones directivas, así como la acreditación de competencias sobre coordinación de equipos de trabajo, además de los conocimientos específicos correspondientes a las materias objeto del programa.
Las designaciones de personal de dirección de programas se formalizarán mediante contratos laborales de alta dirección.
Personal directiu de programes per a la Gestió de Fons Europeus - Taula
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Personal directivo de programas para la Gestión de Fondos Europeos - Enlaces Pie
Texto tabla Directores de programas de Fondos Europeos
Fundamento jurídico
La gestión de proyectos financiables con fondos europeos ligados a la ejecución del Plan de Recuperación de la Generalitat y de conformidad con las previsiones establecidas en el artículo 13 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público, los programas de gestión de fondos europeos que acrediten su necesidad podrán nombrar un director o directora de programa, al cual resultará de aplicación el régimen previsto en la normativa básica estatal y en el Decreto ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell, de medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación de la crisis consecuencia de la Covid-19.
Fuente: DOGV y unidades de transparencia
Fecha de actualización: marzo 2024
Periodicidad: cada vez que se formalize un nuevo contrato
Fecha de creación: abril 2022
Fundamento: art. 14 de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 9323, de 22.04.2022), art. 28.3 Decreto ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell, de medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación de la crisis consecuencia de la Covid-19 (DOGV núm. 9062, de 15.04.2021)