Visor de contenido web

Responsabilidad social

La responsabilidad social es la conciencia sobre el impacto que nuestras decisiones tendrán en la sociedad en el futuro, es una guía para hacer lo mejor para todos, es la integración voluntaria de las preocupaciones sociales y medioambientales en las operaciones de los distintos interlocutores públicos y privados.

La responsabilidad social abarca los ámbitos económicos, ambiental y social bajo un marco de gobernabilidad y sustentabilidad para generar valor.

El fin perseguido por la Ley 18/2018, de 13 de julio, de  la Generalitat, para el fomento de la responsabilidad social  es favorecer el desarrollo de las prácticas socialmente responsables en las administraciones públicas y en las organizaciones públicas y privadas, con el fin de que constituyan el motor que guíe la transformación de la Comunitat Valenciana hacia una sociedad más sostenible y cohesionada y una economía más competitiva. Para ello prevé:

  • La aprobación del Plan valenciano de responsabilidad social,
  • La obligación de la Generalitat a elaborar una memoria anual de responsabilidad social en la que se recogerá el conjunto de políticas, medidas y acciones llevadas a cabo en materia de responsabilidad social por la administración de la Generalitat y su sector público instrumental.
  • El establecimiento de un cauce formalizado para demostrar que se llevan a cabo prácticas de responsabilidad social
  • La creación del Consejo Valenciano de Responsabilidad Social, como observatorio valenciano de la responsabilidad social, actuando como órgano de información y consulta en dicha materia
  • El Registro de entidades valencianas socialmente responsables
  • La Inclusión de cláusulas de responsabilidad social y de transparencia en la contratación pública de la Comunitat Valenciana, así como en las convocatorias de ayudas y subvenciones (como instrumentos de apoyo se disponen de las Guías Prácticas como documentos técnicos)

 

El órgano directivo que tiene encargado esta función en el ámbito de la Generalitat valenciana es la Dirección General de Calidad Democrática, Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno dentro de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad democrática, en cuyo portal podemos encontrar toda la información sobre RESPONSABILIDAD SOCIAL.

Responsabilidad social del empleado público

La ética pública o ética del servicio público cabe verla como la orientación valorativa de la conducta de quienes ejercen funciones en el gobierno y en la administración pública, así como en general de quienes tienen alguna responsabilidad en la gestión de recursos públicos. El fomento de la responsabilidad social debe extenderse e involucrar al personal de la administración pública, debe ser punto de referencia de toda actividad pública.

La política de responsabilidad social en el sector público pasa a ser un instrumento para favorecer la integridad, la ética pública y formar parte del sistema de integridad institucional de la administración pública.

El empleado público ha de actuar en el desempeño de sus funciones con responsabilidad social, como lo recoge la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, al establecer el código de conducta del empleado público:

El personal empleado público deberá realizar con diligencia las tareas que tenga encomendadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución, del Estatut d'Autonomia y del resto del ordenamiento jurídico, y deberá actuar conforme a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, eficiencia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, de conformidad con los principios y fundamentos de actuación previstos en el artículo 2 de la presente ley.

Estos principios y obligaciones informan la interpretación y aplicación del régimen disciplinario y podrán ser tenidos en cuenta en la evaluación del desempeño. (art.97)

 

 

Fuente:  órgano competente en materia de transparencia

Fecha de actualización: no consta, enlaza con páginas web externas
Periodicidad: cada vez que se produzca una modificación
Fecha de creación: marzo 2023
Fundamento jurídico: art. 13 del Decreto 56/2016, del Consell, de 6 de mayo, por el cual se aprueba el Código de Buen Gobierno de la Generalitat  (DOGV núm. 7781, de 13.05.2016) y  art. 14.1.a) 2º de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 9223, de 22.04.2022)