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Retribuciones del personal empleado público
Las retribuciones del personal al servicio de la Generalitat vienen establecidas en las leyes de presupuestos de cada año.
La disposición adicional décima novena de la Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023, prevé que el Consell acordará la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de las tablas retributivas vigentes del personal al servicio de la Administración de la Generalitat y de sus organismos autónomos. (DOGV, núm.9553, de 14.03.2023)
NUEVO Acuerdo de 3 de noviembre de 2023, del Consell, por el que se acuerda la aplicación de un incremento salarial adicional en las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Generalitat con efectos retroactivos del 1 de enero de 2023 y se actualizan las tablas retributivas . (DOGV, núm. 9724, de 14.11.2023)
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Retribuciones del personal empleado público dependiente de Función Pública
- 2019 - 2023 (descargar ODS) NUEVO
- Calculadora (calcula tu nómina con el incremento del 0,5 %) NUEVO
- Retribuciones del personal empleado público dependiente de la Conselleria de Sanidad (página web de Sanidad)
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Retribuciones del personal docente no universitario dependiente de la Conselleria de Educación NUEVO
- 2023 (descargar xlsx)
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- 2021 (descargar PDF)
- 2020 (descargar ODT)
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Retribuciones del personal al servicio de la Administración de Justicia
- 2023 (descargar xlsx) NUEVO
- 2022 (descargar PDF)
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Retribuciones del personal eventual
- 2023 (descargar ODS) NUEVO
- 2016 - 2022 (descargar ODS)
+ Conceptos retributivos: retribuciones básicas y complementarias
Las retribuciones de los empleados públicos de la Generalitat se definen en el Capítulo III del Título VI (artículos 84 a 96) de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana y sus cuantías se concretan en las leyes de presupuestos anuales.
Las retribuciones que percibe el personal funcionario se clasifican en básicas y complementarias, además de las pagas extraordinarias.
Las retribuciones básicas están integradas por:
a) El sueldo, el cual retribuye al personal funcionario, por la adscripción de su cuerpo o escala a un determinado grupo o subgrupo de clasificación profesional, o por su pertenencia a una agrupación profesional funcionarial (AP) . En la actualidad hay 6 grupos/subgrupos: A1, A2, B, C1, C2, AP.
b) Los trienios, destinados a retribuir la antigüedad del personal funcionario por cada tres años de servicio.
Las retribuciones complementarias consisten en:
a) El complemento de carrera administrativa, el cual depende de la progresión conseguida por el personal funcionario dentro del sistema de carrera horizontal (4 grados por grupo de clasificación).
Consulte el Decreto 211/2018, de 23 de noviembre del Consell, por el que se regula el sistema de carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño, del personal funcionario de carrera de la Administración de la Generalitat.
b) El complemento del puesto de trabajo que se desglosa en los siguientes componentes:
1. Componente competencial o de destino: retribuye la dificultad técnica y la responsabilidad que concurren en los puestos de trabajo (30 niveles) Además, existe el complemento compensatorio (CCCE) que se cobra únicamente los meses de marzo y septiembre.
Este componente se distribuye por grupo o subgrupo según la siguiente tabla:
Grupo o subgrupo | Nivel mínimo | Nivel máximo |
---|---|---|
A1 | 20 | 30 |
A2 | 16 | 26 |
B | 15 | 24 |
C1 | 14 | 22 |
C2 | 12 | 18 |
AP | 10 | 14 |
Consulte el Decreto 56/2013, de 3 de mayo, del Consell, por el que se establecen los criterios generales para la clasificación de los puestos de trabajo, y el procedimiento de elaboración y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat.
2. Componente de desempeño del puesto de trabajo o específico: retribuye las condiciones particulares de los puestos de trabajo, así como la dedicación e incompatibilidad exigible para su ejercicio (50 niveles).
c) El complemento de actividad profesional o de productividad: retribuye el grado de interés, iniciativa o esfuerzo.
d) Las gratificaciones por servicios extraordinarios realizados fuera de la jornada normal de trabajo (dietas).
Otras retribuciones
Fuentes: órganos competentes en materia de función pública, sanidad, educación y justicia
Fecha de actualización: noviembre 2023
Periodicidad: anual
Fecha de creación: diciembre 2015
Fundamento: art. 14.2.a) 1º de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 9223, de 22.04.2022) y art. 31.2 del Decreto 105/2017, de 28 de julio, del Consell, de desarrollo de la Ley 2/2015, de 2 de abril (DOGV núm. 8118, de 01.09.2017)