Se entiende por subvención, toda disposición dineraria realizada por las administraciones, en favor de personas públicas o privadas, que cumpla los siguientes requisitos:
a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
c) Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
La publicación de las resoluciones de las concesiones de ayudas y subvenciones garantiza el derecho de la ciudadanía a conocer los recursos públicos que se dedican a la actividad de fomento y los beneficiarios de los mismos.
Puede consultar el periodo medio de pago a los beneficiarios en la ruta de navegación del portal de transparencia GVA Oberta / Cifras / Financiación y estabilidad presupuestaria / Plazo medio de pago a beneficiarios de subvenciones o en la página: https://gvaoberta.gva.es/es/a-beneficiarios-de-subvenciones