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María Amparo García Layunta - DG - Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública

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  • María Amparo García Layunta

  • X legislatura (17/06/2019- )
  • Directora general de Asistencia Sanitaria
  • Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública
  • Nombramiento: 16/06/2018
  • C/ Micer Mascó, 31. 46010. València
  • garcia_mamparo@gva.es
  • 961 928 190

La Dirección General de Asistencia Sanitaria, bajo la dependencia de la Secretaría Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público, ejerce las competencias establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, así como las restantes previstas en el ordenamiento jurídico, en materia de planificación, gestión y evaluación de los recursos asistenciales, programas y servicios sanitarios, gestión de la actividad asistencial y de los centros sanitarios, atención sanitaria a la cronicidad, salud mental, urgencias y emergencias.

Las retribuciones de los altos cargos de la administración del Consell vienen reguladas en las leyes de presupuestos aprobadas anualmente por Les Corts.

  • Sueldo y complementos i: 63.769,68 €

La persona que ostenta la Presidencia, las personas titulares de las Consellerias y de las secretarías autonómicas reciben una cuantía fija, referida a doce mensualidades y no tienen derecho a pagas extraordinarias.

Las personas titulares de las subsecretarías y de las direcciones generales perciben una retribución formada por la suma del sueldo base, el complemento de destino y el complemento específico, referida a doce mensualidades. Además, cobran dos pagas extraordinarias, en los meses de junio y diciembre, por un importe cada una de ellas de una mensualidad del sueldo base y los trienios que, en su caso, les correspondan.

Tanto el sueldo como los trienios se concretan anualmente en la ley de presupuestos de la Generalitat.

Puede consultar la Ley de Presupuestos vigente.

  • Importe trienios i: 7.219,30 €

Los trienios retribuyen la antigüedad del personal funcionario y consisten en una cantidad igual para cada grupo de clasificación profesional o agrupación profesional funcionarial por cada tres años de servicio, referida a catorce mensualidades.

Normativa reguladora:

Artículo 124 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.

Artículo 87 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público.

Tanto el sueldo como los trienios se concretan anualmente en la ley de presupuestos de la Generalitat.

Puede consultar la Ley de Presupuestos vigente.

  • Retribución íntegra i: 70.988,98 €

Es la suma del sueldo y los complementos, trienios e indemnizaciones por residencia que correspondan.

  • Observaciones:  Retribuciones del cargo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023

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