HISTÓRICO DE ALTOS CARGOS DESDE 29.06.2015 hasta 16.07.2023

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  • Rogelio Llanes Ribas

  • X legislatura (17/06/2019-25/06/2023)
  • Director general de Agricultura, Ganadería y Pesca
  • Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica
  • Cese: 14/12/2020 DOGV
  • Nombramiento: 09/07/2015 DOGV
  • La información sobre la persona que ocupaba el cargo se ha mantenido publicada durante los tres años posteriores a su cese, de acuerdo con la normativa siguiente: - Artículo 19 de la Ley 8/2016, de 28 de octubre, de la Generalitat, de Incompatibilidades y Conflictos de Intereses de Personas con Cargos Públicos no Electos (DOGV núm. 7911, de 07.11.2016). - Artículo 32.3 del Decreto 65/2018, de 18 de mayo, del Consell, por el cual se despliega la Ley 8/2016, de 28 de octubre (DOGV núm. 8304, de 28.05.2018). - Artículo 37 del Decreto 105/2017, de 28 de julio, del Consell, de despliegue de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, en materia de transparencia y de regulación del Consell de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (DOGV núm. 8118, de 01.09.2017).

La Dirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca ejerce las funciones establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y las demás previstas en el ordenamiento jurídico, en materia de infraestructuras agrarias y reordenación de las estructuras productivas, la modernización de regadíos, estructuras agrarias sostenibles y dimensionado competitivo de las explotaciones agrarias, pesqueras y forestales; campañas de divulgación y concienciación de las y de los profesionales agrarios, de la pesca y acuicultura y la silvicultura; seguros agrarios, protección y sanidad agraria, ganadería y bienestar animal, pesca y acuicultura, ordenación del sector pesquero y programas operativos en este ámbito; funcionamiento eficiente y sostenible de la cadena agroalimentaria; relaciones agrarias, cooperativismo agrario y organizaciones profesionales en el ámbito de competencia de la Conselleria.

El Instituto Politécnico Marítimo Pesquero del Mediterráneo se adscribe a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca, sin perjuicio de las competencias que sobre el mismo deba ejercer la Conselleria con competencias en materia de educación en su respectivo ámbito competencial.

El nivel administrativo de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca se desarrollará mediante orden en aquellas unidades administrativas que se consideren oportunas a tenor de lo establecido en el artículo 120.2 del Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat. El desarrollo de estas competencias por la Dirección General comprende el desarrollo de las siguientes funciones:

  1. Ordenación del Sector Pesquero, consistente en ordenar, fomentar y modernizar el sector pesquero y acuícola, y mejorar las infraestructuras vinculadas con su comercialización y transformación; controlar el censo de la flota operativa, los cambios de modalidades, cambios de base, y controlar la construcción y modernización de los buques pesqueros; coordinar y fomentar la diversificación económica del sector pesquero y planificar las políticas de integración e igualdad en el sector; definir la política de promoción de los productos pesqueros de la Comunitat Valenciana y fomentar la calidad de los mismos; coordinar y apoyar la innovación en el sector pesquero y acuícola; promocionar el asociacionismo pesquero, fomentar la constitución de organizaciones de productores pesqueros y acuícolas, y su reconocimiento, así como colaborar con las cofradías de pescadores y preparar y hacer el seguimiento de los procesos electorales de las mismas y de sus federaciones; regular la comercialización y transformación pesquera en general y de la primera venta en lonja en particular, así como determinar los agentes autorizados a ejercer esa actividad y, en general, establecer medidas que faciliten la transparencia de los mercados pesqueros; autorizar los centros de expedición y de depuración de mariscos, así como los establecimientos relacionados con la comercialización pesquera y acuícola; realizar las actividades formativas del sector, así como gestionar las licencias y autorizaciones correspondientes; gestionar las líneas de ayudas y otras medidas de fomento destinadas a la mejora estructural del sector pesquero, así como gestionar los Registros asociados a las funciones propias.
  2. Conservación de Recursos Pesqueros, consistente en establecer y gestionar las medidas de protección, conservación y regeneración de los recursos pesqueros y del medio marino; gestionar la actividad pesquera en las aguas interiores de la Comunitat Valenciana, y controlar el esfuerzo pesquero, estableciendo, entre otras medidas, vedas temporales y paradas biológicas de la flota; coordinar y planificar la actividad investigadora en materia de recursos pesqueros; elaborar propuestas de planes de gestión de la actividad pesquera, así como planes de seguimiento de los recursos pesqueros; controlar las zonas de producción de moluscos, y la toma de muestras, así como establecer la clasificación de las mismas; proponer la declaración y gestión de la actividad correspondiente en las zonas de protección pesquera y la creación y seguimiento de arrecifes artificiales; participar y coordinar estrategias, planes y medidas para la conservación de los recursos marinos vivos y de sus ecosistemas; recoger y tratar la información relativa al control de la actividad pesquera, referida especialmente a notas de primera venta, y esfuerzo de la flota; gestionar las líneas de ayudas y otras medidas de fomento destinadas a la protección de los recursos pesqueros y acuicultura; coordinar, a nivel autonómico, la participación en los planes nacionales de acuicultura; inspeccionar, vigilar, controlar y sancionar las actividades relacionadas con los recursos pesqueros.
  3. Producción y Sanidad Animal, consistente en la programación y ejecución de las actividades en materia de sanidad animal, incluyendo el control del movimiento comercial, los programas sanitarios de las explotaciones, sus agrupaciones y la gestión de las ayudas necesarias para estos fines. Asimismo le corresponde la programación y gestión de las actividades en materia de ordenación y registro de explotaciones, medidas de producción, comercialización de productos de origen animal, identificación animal y sistemas de trazabilidad y la gestión de las ayudas necesarias a estos fines. La gestión y control del paquete lácteo, así como gestionar la protección y bienestar animal en animales de producción, compañía y experimentación; gestionar los registros correspondientes, incluyendo los parques y núcleos zoológicos.
  4. Estructuras Agrarias y Cooperativismo consistente en la ordenación del territorio dirigida a la mejora de las estructuras agrarias; la relación con las organizaciones profesionales agrarias valencianas y actuar como apoyo a las mismas; fijar e impulsar las directrices en materia de cooperativismo agrario, así como planificar, gestionar, coordinar y ejecutar las medidas específicas en dicha materia; arrendamientos rústicos e históricos, las actuaciones dirigidas a la modernización de los regadíos, esto es, aquellas relacionadas con el impulso de medidas de innovación técnica, transferencia de buenas prácticas, concienciación para el aprovechamiento del agua entre los agricultores y la elaboración de normas de explotación así como la aplicación de las normas de seguridad contenidas en la norma sectorial aplicable en materia de ordenación y modernización; coordinar las actuaciones de las distintas unidades administrativas relativas a la emisión de los informes de carácter urbanístico y territorial competencia de la conselleria, ordenando su actuación para garantizar la aplicación de criterios uniformes en los diferentes ámbitos territoriales.
  5. Ordenación Agraria, consistente en realizar la programación y ejecución de las actividades técnicas derivadas de la ordenación y mejora de las producciones agrarias en el marco de la normativa comunitaria, incluyendo las medidas de reestructuración y reconversión de cultivos, elaborar planes de actuación sectorial y mapas de cultivos así como las ayudas que se puedan establecer, las medidas relativas a los medios de producción; la introducción de innovaciones y evaluación de nuevas técnicas, la cobertura frente a daños climatológicos mediante el fomento de la contratación de seguros agrarios; la valoración e instrumentación de ayudas económicas en caso de catástrofes meteorológicas, gestionar las líneas de ayudas coyunturales a las explotaciones agrarias, supervisar las actuaciones en materia de maquinaria agrícola.
  6. Ayudas Estructurales, consistente en programar, dirigir, ejecutar y controlar los procedimientos necesarios para la gestión de las ayudas comunitarias o nacionales, cuyos beneficiarios sean los agricultores y ganaderos cuyo objetivo sea modernizar las explotaciones agrarias y mejorar su competitividad promoviendo la incorporación de nuevas tecnologías o su adaptación a las exigencias del mercado o de la legislación sectorial o medioambiental, las medidas de mejora y ajuste del marco estructural de las explotaciones valencianas, incluyendo iniciativas de gestión común o de coordinación y mejora del mercado de la tierra, cesión de explotaciones o cese de actividad.
  7. Sanidad Vegetal consistente en desarrollar y aplicar los programas de protección, prevención, defensa, control y erradicación de plagas y enfermedades de los cultivos, incluyendo las campañas institucionales; difundir, fomentar y controlar los programas sanitarios de las explotaciones y de sus asociaciones y agrupaciones, y gestionar las ayudas derivadas; desarrollar y aplicar los programas de lucha biológica y gestión integrada de plagas, y los planes derivados de la autorización y el uso sostenible de productos fitosanitarios; gestionar los registros de establecimientos de comercialización de material vegetal, su control y la expedición de pasaportes fitosanitarios y el Registro oficial de productores y operadores de medios de defensa fitosanitaria; gestión del registro de ITEAF (estaciones de inspección de equipos de aplicación de productos fitosanitarios) y del registro REGANIP (Registro de aeronaves e instalaciones permanentes), así como su inspección y control; el control de las parcelas incluidas en protocolos de exportación a terceros países. Todo ello en coordinación con el órgano directivo competente en materia de calidad agroalimentaria.
  8. Seguridad y Control de la Producción Agraria, consistente en gestionar el riesgo para la salud derivado de la utilización de los medios de producción agraria. Coordinar las actuaciones en materia de seguridad alimentaria, tanto en el ámbito de la producción agrícola como ganadera, incluyendo la pesca extractiva y las explotaciones acuícolas, y programar los controles de higiene en dichas explotaciones; proponer actuaciones de investigación en animales vivos y en productos de origen animal de residuos de medicamentos veterinarios y otros productos que se puedan detectar y ejecutar actuaciones en materia de comercialización y uso racional de medicamentos veterinarios; dirigir las actuaciones de control en los establecimientos y operadores del sector de la alimentación animal, en el ámbito de los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano, garantizando la seguridad de las substancias que se incorporan a la cadena de producción, comercialización y en la fabricación de los piensos; gestionar el registro de operadores de alimentación animal así como el de operadores de subproductos animales y productos derivados no destinados al consumo humano; dirigir las actuaciones en materia de comercialización y utilización de productos fitosanitarios en las explotaciones agrarias; fomentar y controlar la adopción de buenas prácticas agrícolas, especialmente en la gestión de recursos potencialmente contaminantes del suelo y del agua; coordinar las actuaciones en materia de deyecciones ganaderas así como los planes de acción en zonas vulnerables a la contaminación de nitratos incluyendo el control del uso de los lodos de depuradoras en coordinación con otras direcciones generales de la Conselleria; la unidad de análisis de sanidad animal adscritos a la Conselleria; el ejercicio de la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias.

Fuente: Funciones

Curriculum vitae