FICHA DE ALTOS CARGOS

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  • José Vicente Anaya Roig

  • XI legislatura (26/06/2023- )
  • Director general de Gestión del Sistema Sociosanitario y del Instituto Valenciano de Formación, Investigación y Calidad de los Servicios Sociales
  • Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia
  • Nombramiento: 06/12/2025 DOGV
  • C/ De la Democracia, 77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre - Torre 3 - 46018 - València
  • anaya_josroi@gva.es
  • 961248402
 
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La Dirección General de Gestión del Sistema Sociosanitario y del Instituto Valenciano de Formación, Investigación y Calidad de los Servicios Sociales ejerce las funciones establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y las demás previstas en el ordenamiento jurídico, en materia de gestión y organización del sistema sociosanitario, especialmente del contrato programa municipal y la implementación de la acción concertada. Asimismo, ejerce las funciones establecidas en el artículo 125 de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunitat Valenciana.

Corresponden a la dirección general las siguientes competencias:

a) Diseñar, coordinar y gestionar la implantación, seguimiento, definición y evaluación del modelo de financiación de los servicios sociales, con la asistencia funcional de las correspondientes direcciones generales competentes en las materias objeto de financiación.

b) Fomentar relaciones jurídicas, administrativas, técnicas, económicas y de colaboración interadministrativas en materia de servicios sociales para la idónea regulación e implementación de los contratos programa.

c) Impulsar la gestión y seguimiento del Órgano de Coordinación y Colaboración Interadministrativa en Servicios Sociales, de acuerdo con el Decreto 38/2020, de 20 de marzo, de Coordinación y Financiación de la Atención Primaria de Servicios Sociales.

d) Generar políticas de armonización, impulso y desarrollo de la acción concertada con entidades de iniciativa social, incluyendo el diseño y coordinación del modelo general de conciertos.

e) Armonizar, impulsar y gestionar la acción concertada para la prestación de servicios de plazas residenciales de titularidad de entidades de iniciativa social en coordinación funcional con las direcciones generales, de acuerdo con su ámbito de actuación.

f) Elaborar un plan director de subvenciones en materia de servicios sociales, definiendo el modelo y su complementariedad con el sistema público de servicios sociales, en colaboración con las direcciones generales y la Subsecretaría.

g) Dirigir, coordinar, realizar el seguimiento y evaluar los planes de actuación que desarrolle el Consell en materias de su competencia.

h) Prestar asesoramiento a las entidades locales y a las entidades de iniciativa social que actúen en el ámbito de competencias de esta dirección general.

i) Impulsar las iniciativas y las actuaciones necesarias con otras administraciones públicas de la Comunitat Valenciana para conseguir una coordinación eficaz en políticas sociales de su área.

j) Llevar el seguimiento de la ejecución de los expedientes de contratación en el ámbito de sus competencias sin perjuicio de las competencias que en esta materia correspondan a la subsecretaría.

k) Diseñar, desarrollar e implantar el Sistema de Información Valenciano en Servicios Sociales y del Sistema de Información de la Historia Social Única, en colaboración, coordinación y cooperación con otros sistemas y servicios públicos.

l) Dirigir, coordinar a nivel técnico y funcional, así como asesorar sobre las actuaciones referentes a la supervisión del sistema público de servicios sociales, sin perjuicio del ámbito de actuación que corresponda a las direcciones territoriales.

m) Diseñar la planificación de servicios sociales, definiendo los objetivos, estrategias y directrices que se tienen que seguir en el sistema público valenciano de servicios sociales y que incluye, entre otros, la elaboración del Plan estratégico de servicios sociales de la Comunitat Valenciana y del Mapa de Servicios Sociales de la Comunitat Valenciana.

n) Impulsar y coordinar el desarrollo normativo de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana, sin perjuicio de las competencias de la Subsecretaría.

o) Coordinar y armonizar, sin perjuicio de las competencias propias de la Subsecretaría, la acción normativa que desarrollen las direcciones generales en relación con su ámbito sectorial que afecte al sistema de servicios sociales.

p) Impulsar la gestión y desarrollo del Observatorio del sistema público de servicios sociales, previsto en la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunitat Valenciana.

q) Impulsar la normalización de la calidad, así como impulsar y, en su caso, elaborar estudios, propuestas y planes de actuación estratégicos y de calidad en el sector de los servicios sociales valencianos en colaboración con las direcciones generales y sin perjuicio de las competencias atribuidas en materia de calidad a la Subsecretaría u otros órganos o departamentos.

r) Establecer las prioridades formativas y los criterios metodológicos y de contenidos en materia de servicios sociales mediante la planificación formativa dirigida a las personas profesionales de los servicios sociales, en colaboración y coordinación con las direcciones generales del departamento, de acuerdo con el artículo 125.2.f de la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunitat Valenciana.

s) Impulsar la innovación y cooperación con aquellas instituciones y entidades que tengan como finalidad las actividades investigadoras, formativas, de evaluación y de gestión de la calidad en servicios sociales.

t) Elaborar e implementar procedimientos de evaluación de los centros y programas de servicios sociales, con la colaboración de las direcciones generales y la Inspección de Servicios Sociales.

u) Establecer los estándares de calidad y fomentar su mejora en todas las actuaciones propias del sistema público valenciano de servicios sociales, con la colaboración de las direcciones generales y en colaboración y sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Subsecretaría 

v) Transferir los resultados científicos y fomentar la calidad en todas las actuaciones propias del sistema público valenciano de servicios sociales, principalmente en cuanto a la determinación de las buenas prácticas y la certificación de la calidad, en colaboración y sin perjuicio de las competencias atribuidas en materia de calidad a la Subsecretaría u otros órganos o departamentos.

w) Dirigir y coordinar técnica y funcionalmente, en las materias de su competencia, las actuaciones de las direcciones territoriales.

x) Ejecutar cualquier otra competencia que le asignen las personas titulares de los órganos de los que dependa jerárquicamente, en materias de su ámbito de actuación.  

Fuente: Funciones

 

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Fuente: Viajes

Fuente: sistema de información que gestionan las secretarías de los altos cargos.

 

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Fuente: Obsequios

 

Fuente: sistema de información que gestionan las secretarías de los altos cargos.

Las retribuciones de los altos cargos de la administración del Consell vienen reguladas en las leyes de presupuestos aprobadas anualmente por Les Corts.

Texto retribuciones altos cargos

  • Sueldo y complementos i: 68.666,36 €

La persona que ostenta la Presidencia, las personas titulares de las Consellerias y de las secretarías autonómicas reciben una cuantía fija, referida a doce mensualidades y no tienen derecho a pagas extraordinarias.

Las personas titulares de las subsecretarías y de las direcciones generales perciben una retribución formada por la suma del sueldo base, el complemento de destino y el complemento específico, referida a doce mensualidades. Además, cobran dos pagas extraordinarias, en los meses de junio y diciembre, por un importe cada una de ellas de una mensualidad del sueldo base y los trienios que, en su caso, les correspondan.

Tanto el sueldo como los trienios se concretan anualmente en la ley de presupuestos de la Generalitat.

Puede consultar la Ley de Presupuestos vigente.

  • Indemnización por residencia i: 9.240,00 €

Es una compensación por el cambio de residencia habitual. No podrá exceder del 14% de las retribuciones anuales asignadas.

Normativa reguladora:

Acuerdo de 8 septiembre de 1995, del Gobierno Valenciano, sobre indemnización de gastos extraordinarios por motivo de residencia.

  • Retribución íntegra i: 77.906,36 €

Es la suma del sueldo y los complementos, trienios e indemnizaciones por residencia que correspondan.

  • Observaciones: Retribuciones del cargo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026 - Retribucions del càrrec des de l'1 de gener fins el 31 de desembre de 2026

Fuente: Retribuciones

Fuente: subsecretaría de cada departamento.

Las retribuciones de los altos cargos de la administración del Consell vienen reguladas en las leyes de presupuestos aprobadas anualmente por Les Corts.

Texto retribuciones altos cargos

  • Sueldo y complementos i: 65.679,62 €

La persona que ostenta la Presidencia, las personas titulares de las Consellerias y de las secretarías autonómicas reciben una cuantía fija, referida a doce mensualidades y no tienen derecho a pagas extraordinarias.

Las personas titulares de las subsecretarías y de las direcciones generales perciben una retribución formada por la suma del sueldo base, el complemento de destino y el complemento específico, referida a doce mensualidades. Además, cobran dos pagas extraordinarias, en los meses de junio y diciembre, por un importe cada una de ellas de una mensualidad del sueldo base y los trienios que, en su caso, les correspondan.

Tanto el sueldo como los trienios se concretan anualmente en la ley de presupuestos de la Generalitat.

Puede consultar la Ley de Presupuestos vigente.

  • Indemnización por residencia i: 9.014,88 €

Es una compensación por el cambio de residencia habitual. No podrá exceder del 14% de las retribuciones anuales asignadas.

Normativa reguladora:

Acuerdo de 8 septiembre de 1995, del Gobierno Valenciano, sobre indemnización de gastos extraordinarios por motivo de residencia.

  • Retribución íntegra i: 74.694,50 €

Es la suma del sueldo y los complementos, trienios e indemnizaciones por residencia que correspondan.

  • Observaciones: Retribuciones del cargo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025 - Retribucions del càrrec des de l'1 de gener fins el 31 de desembre de 2025

Fuente: Retribuciones

Fuente: subsecretaría de cada departamento.

Las retribuciones de los altos cargos de la administración del Consell vienen reguladas en las leyes de presupuestos aprobadas anualmente por Les Corts.

Texto retribuciones altos cargos

  • Sueldo y complementos i: 65.679,62 €

La persona que ostenta la Presidencia, las personas titulares de las Consellerias y de las secretarías autonómicas reciben una cuantía fija, referida a doce mensualidades y no tienen derecho a pagas extraordinarias.

Las personas titulares de las subsecretarías y de las direcciones generales perciben una retribución formada por la suma del sueldo base, el complemento de destino y el complemento específico, referida a doce mensualidades. Además, cobran dos pagas extraordinarias, en los meses de junio y diciembre, por un importe cada una de ellas de una mensualidad del sueldo base y los trienios que, en su caso, les correspondan.

Tanto el sueldo como los trienios se concretan anualmente en la ley de presupuestos de la Generalitat.

Puede consultar la Ley de Presupuestos vigente.

  • Indemnización por residencia i: 9.014,88 €

Es una compensación por el cambio de residencia habitual. No podrá exceder del 14% de las retribuciones anuales asignadas.

Normativa reguladora:

Acuerdo de 8 septiembre de 1995, del Gobierno Valenciano, sobre indemnización de gastos extraordinarios por motivo de residencia.

  • Retribución íntegra i: 74.694,50 €

Es la suma del sueldo y los complementos, trienios e indemnizaciones por residencia que correspondan.

  • Observaciones: Retribuciones del cargo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024 - Retribucions del càrrec des de l'1 de gener fins el 31 de desembre de 2024

Fuente: Retribuciones

Fuente: subsecretaría de cada departamento.

Las retribuciones de los altos cargos de la administración del Consell vienen reguladas en las leyes de presupuestos aprobadas anualmente por Les Corts.

Texto retribuciones altos cargos

  • Sueldo y complementos i: 26.690,41 €

La persona que ostenta la Presidencia, las personas titulares de las Consellerias y de las secretarías autonómicas reciben una cuantía fija, referida a doce mensualidades y no tienen derecho a pagas extraordinarias.

Las personas titulares de las subsecretarías y de las direcciones generales perciben una retribución formada por la suma del sueldo base, el complemento de destino y el complemento específico, referida a doce mensualidades. Además, cobran dos pagas extraordinarias, en los meses de junio y diciembre, por un importe cada una de ellas de una mensualidad del sueldo base y los trienios que, en su caso, les correspondan.

Tanto el sueldo como los trienios se concretan anualmente en la ley de presupuestos de la Generalitat.

Puede consultar la Ley de Presupuestos vigente.

  • Indemnización por residencia i: 3.812,81 €

Es una compensación por el cambio de residencia habitual. No podrá exceder del 14% de las retribuciones anuales asignadas.

Normativa reguladora:

Acuerdo de 8 septiembre de 1995, del Gobierno Valenciano, sobre indemnización de gastos extraordinarios por motivo de residencia.

  • Retribución íntegra i: 30.503,22 €

Es la suma del sueldo y los complementos, trienios e indemnizaciones por residencia que correspondan.

  • Observaciones: Retribuciones del cargo desde la fecha de nombramiento hasta el 31 de diciembre de 2023

Fuente: Retribuciones

Fuente: subsecretaría de cada departamento.

Presentada el 07/11/2023

Depósitos en cuentas corrientes o de ahorro, a la vista o a plazo, cuentas financieras y otros tipos de imposiciones a cuenta.
Descripción Importe
BBVA 1.697,77 €
Total: 1.697,77 €

Fuente: Bienes

Fuente: Registro de Control de Conflictos de Intereses.

Renta 2024 - Presentada el 14/10/2025
Descripción Importe
Rendimiento del trabajo 72.465,32 €

Renta 2023 >>

Renta 2023 - Presentada el 21/10/2024
Descripción Importe
Rendimiento del trabajo 55.655,14 €

Renta 2022 >>

Renta 2022 - Presentada el 13/08/2023
Descripción Importe
Rendimiento del trabajo 42.612,36 €

Fuente: Renta

Fuente: Registro de Control de Conflictos de Intereses.

Actividades ejercidas durante los dos años anteriores a la toma de posesión

Presentada el 15/12/2025

Entidad, organismo, empresa o sociedad Actividad principal Cargo desempeñado Fecha inicio Fecha fin Excedencia (en su caso) Servicios especiales (en su caso)
AYUNTAMIENTO DE AYORA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ALCALDE 17/06/2023 15/12/2025 NO

Presentada el 13/08/2023 >>

Entidad, organismo, empresa o sociedad Actividad principal Cargo desempeñado Fecha inicio Fecha fin Excedencia (en su caso) Servicios especiales (en su caso)
AYUNTAMIENTO DE AYORA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ALCALDE 21/06/2019 16/06/2023 NO

Actividades que vayan a ejercer durante su mandato como cargo público

Presentada el 15/12/2025

Entidad, organismo, empresa o sociedad Actividad principal Cargo desempeñado Fecha inicio Fecha fin Tipo
AYUNTAMIENTO DE AYORA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ALCALDE 17/06/2023 05/12/2025 Pública

NO

Diputado o diputada de Les Corts (en su caso)

Presentada el 10/12/2025 >>

Entidad, organismo, empresa o sociedad Actividad principal Cargo desempeñado Fecha inicio Fecha fin Tipo
AYUNTAMIENTO DE AYORA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ALCALDE 17/06/2023 05/12/2025 Pública

NO

Diputado o diputada de Les Corts (en su caso)

Presentada el 16/11/2023 >>

Entidad, organismo, empresa o sociedad Actividad principal Cargo desempeñado Fecha inicio Fecha fin Tipo
AYUNTAMIENTO DE AYORA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ALCALDE 17/06/2023 Pública

NO

Diputado o diputada de Les Corts (en su caso)

Fuente: Actividades

Fuente: Registro de Control de Conflictos de Intereses

Presentada el 17/12/2025

Tipo de compatibilidad Fecha resolución Tipo de empleo Entidad posterior al cese
Nombramiento Sucesivo   i Se produce cuando una misma persona es nombrada de forma sucesiva en diferentes puestos, incluidos los cambios de denominación de puesto y de legislatura. 18/12/2025

Presentada el 20/11/2023 >>

Tipo de compatibilidad Fecha resolución Tipo de empleo Entidad posterior al cese
Nombramiento 21/11/2023

Fuente: Compatibilidades

Fuente: Registro de Control de Conflictos de Intereses.

No hay actividades de influencia

Curriculum vitae

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