altos cargos

Manuel Aldeguer Sánchez
- X legislatura (17/06/2019- )
- Director general del Agua
- Consellería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica
- Nombramiento: 09/07/2015 DOGV
- C/ De la Democracia, 77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre. Edif. B2 - 2ª. 46018. València
- aldeguer_man@gva.es
- 961 247 329
La Dirección General del Agua ejerce las funciones establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y las demás previstas en el ordenamiento jurídico, en materia de planificación, gestión y protección de recursos hídricos; proyectos de infraestructuras hidráulicas en la Comunitat Valenciana, construcción y explotación de infraestructuras hidráulicas, planificación y gestión de las cuencas internas de la Comunitat Valenciana, reutilización y ahorro del agua; control y protección de la calidad del agua, y autorización de vertidos.
El desarrollo de estas competencias por la Dirección General comprende el desarrollo de las siguientes funciones:
a) Planificación de Recursos Hidráulicos y Calidad de las Aguas, al que corresponden las siguientes funciones: Realizar los trabajos de planificación que afectan a los sistemas de explotación incluidos íntegramente en la Comunitat, en el marco de la demarcación hidrográfica correspondiente; elaborar y proponer acciones en la planificación de las demarcaciones hidrográficas de cuencas intercomunitarias que afectan a la Comunitat Valenciana; elaborar gestionar y programar planes y estudios relacionados con el abastecimiento, la defensa frente a inundaciones, y la calidad, el ahorro y la reutilización del agua; elaborar y gestionar las bases de información relativas al inventario de recursos hídricos y su calidad, y a los estudios, proyectos e implantación de obras hidráulicas; realizar el Seguimiento del Plan de Inversiones Estratégicas; participar y proponer actuaciones en la planificación territorial; coordinar las relaciones institucionales de la Generalitat con los órganos de gobierno, gestión y planificación de las demarcaciones hidrográficas de las que forma parte; desarrollar la Directiva Marco del Agua y el control de calidad en las aguas costeras y de transición de la Comunitat; controlar las aguas de baño; tramitaciones relacionadas con la autorización y control de los vertidos al dominio público marítimo terrestre.
b) La totalidad de las Infraestructuras Hidráulicas, consistente en dirigir, controlar y gestionar los proyectos y demás documentos técnicos de infraestructuras hidráulicas, planificación, proyecto, construcción, conservación y explotación de las infraestructuras hidráulicas para uso urbano, agrícola y aquellas actuaciones de competencia de la Generalitat declaradas de interés medioambiental; la de proponer la tramitación de contratos de asistencia técnica para la redacción de proyectos y direcciones de obra; proponer el desarrollo de normativa aplicable para la redacción de los proyectos y la dirección y control de obras de infraestructuras hidráulicas; dirigir, supervisar y controlar, y certificar y proponer la modificación, en su caso, de las obras de infraestructuras hidráulicas que le sean asignadas y, en particular, las de abastecimiento urbano, encauzamiento, saneamiento y ahorro y reutilización del agua, y la redacción de los documentos técnico-administrativos necesarios para las contrataciones correspondientes; realizar el seguimiento en dichas obras del cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo e impacto ambiental; coordinar la ejecución de los distintos contratos de proyectos y obras para garantizar la mayor eficiencia en el cumplimiento presupuestario; elaborar la normativa sectorial sobre seguridad de presas, embalses y balsas y controlar la aplicación de la normativa sectorial en materia de seguridad de presas, embalses y balsas para riego ubicados fuera del dominio público hidráulico; la construcción y la implantación de las infraestructuras hidráulicas cualquiera que sea su finalidad y de reutilización para riego de aguas depuradas.
Fuente: Funciones
Fuente: Viajes
Fuente: sistema de información que gestionan las secretarías de los altos cargos.
Las retribuciones de los altos cargos de la administración del Consell vienen reguladas en las leyes de presupuestos aprobadas anualmente por Les Corts.
Texto retribuciones altos cargos
- Sueldo y complementos i: 61.312,68 €
La persona que ostenta la Presidencia, las personas titulares de las Consellerias y de las secretarías autonómicas reciben una cuantía fija, referida a doce mensualidades y no tienen derecho a pagas extraordinarias.
Las personas titulares de las subsecretarías y de las direcciones generales perciben una retribución formada por la suma del sueldo base, el complemento de destino y el complemento específico, referida a doce mensualidades. Además, cobran dos pagas extraordinarias, en los meses de junio y diciembre, por un importe cada una de ellas de una mensualidad del sueldo base y los trienios que, en su caso, les correspondan.
Tanto el sueldo como los trienios se concretan anualmente en la ley de presupuestos de la Generalitat.
Puede consultar la Ley de Presupuestos vigente.
- Importe trienios i: 7.570,80 €
Los trienios retribuyen la antigüedad del personal funcionario y consisten en una cantidad igual para cada grupo de clasificación profesional o agrupación profesional funcionarial por cada tres años de servicio, referida a catorce mensualidades.
Normativa reguladora:
Artículo 124 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.
Artículo 87 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público.
Tanto el sueldo como los trienios se concretan anualmente en la ley de presupuestos de la Generalitat.
Puede consultar la Ley de Presupuestos vigente.
- Indemnización por residencia i: 8.583,78 €
Es una compensación por el cambio de residencia habitual que implica el nombramiento, no podrá exceder del 14% de las retribuciones anuales asignadas.
Normativa reguladora:
Acuerdo de 8 septiembre de 1995, del Gobierno Valenciano, sobre indemnización de gastos extraordinarios por motivo de residencia.
- Retribución íntegra i: 77.467,26 €
Es la suma del sueldo y los complementos, trienios e indemnizaciones por residencia que correspondan.
- Observaciones: Retribuciones del cargo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2022
Fuente: Retribuciones
Fuente: subsecretaría de cada departamento.
Fuente: Obsequios
Fuente: sistema de información que gestionan las secretarías de los altos cargos.
Entidad, organismo, empresa o sociedad | Actividad principal | Cargo desempeñado | Fecha inicio | Fecha fin | Excedencia (en su caso) | Servicios especiales (en su caso) |
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UNIVERSIDAD DE ALICANTE | DOCENCIA | 01/01/1998 | 31/12/2015 | NO | ||
INSTITUTO ENSEÑANZA SECUNDARIA EN GUARDAMAR DEL SEGURA | DOCENCIA | 01/01/1977 | 01/04/2012 | NO | ||
EPSAR | VOCAL | NO |
Entidad, organismo, empresa o sociedad | Actividad principal | Cargo desempeñado | Fecha inicio | Fecha fin | Tipo |
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CONS. AGRIC, M. AMBIENTE, C. CLIM. Y DES. RURAL | DIRECTOR GENERAL | 07/07/2015 | |||
CONF. HIDROG. JÚCAR. CONS. AGUA DEMARCACIÓN | VOCAL | 26/08/2015 | |||
CONF. HIDROG. JÚCAR. COM. AUTOR. COMPETENTES | VOCAL | 26/08/2015 | |||
CONF. HIDROG. JÚCAR. COM. PLA. HID PARTICIPACIÓN | VOCAL | 26/08/2015 | |||
CONF. HIDROG. JÚCAR. ASAMBLEA DE USUARIOS | VOCAL | 26/08/2015 | |||
CONF. HIDROG.. DEL JÚCAR. JUNTA DE GOBIERNO | VOCAL | 26/08/2015 | |||
CONF. HIDROG. SEGURA. CONS. AGUA DEMARCACIÓN | VOCAL | 26/08/2015 | |||
CONF. HIDROG. DEL EBRO. ASAMBLE DE USUARIOS | VOCAL | 26/08/2015 | |||
CONS. ABASTE. AGUAS RED ABAST. LA PLANA Y DEL PLÁ DE L'ARC-DIPUTACIÓN DE CASTELLÓN | VOCAL | 07/07/2015 | |||
MANCOMUNIDAD DE LOS CANALES DEL TAIBILLA | ASISTENCIA SIN VOTO | 07/07/2015 | |||
COMISIÓN EXPLOTACIÓN ACUEDUCTO TAJO-SEGURA | ASISTENCIA SIN VOTO | 07/07/2015 |
NO
Diputado o diputada de Les Corts (en su caso)
Fuente: Actividades
Fuente: Registro de Control de Conflictos de Intereses
Título de propiedad | % titularidad | Tipo inmueble | Provincia | País | Valor catastral |
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Pleno dominio | 0 | Viviendas | Alicante/Alacant | 47.633,43 € | |
Pleno dominio | 0 | Viviendas | Alicante/Alacant | 22.698,30 € | |
Pleno dominio | 0 | Viviendas | Alicante/Alacant | 39.053,14 € | |
Pleno dominio | 0 | Otros inmuebles urbanos | Alicante/Alacant | 15.244,72 € | |
Pleno dominio | 0 | Otros inmuebles urbanos | Alicante/Alacant | 7.801,44 € | |
Pleno dominio | 0 | Otros inmuebles urbanos | Alicante/Alacant | 9.070,72 € | |
Pleno dominio | 0 | Inmuebles rústicos | Alicante/Alacant | 6.866,79 € | |
Nuda propiedad | 0 | Garaje | España | 3.724,00 € |
Descripción | Importe |
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Total: | 10.000,00 € |
Descripción | Importe |
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Total: | 8.000,00 € |
Descripción | Importe |
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38.217,00 € | |
Total: | 38.217,00 € |
Fuente: Bienes
Fuente: Registro de Control de Conflictos de Intereses.
Descripción | Importe |
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Rendimiento del capital inmobiliario | 12.000,00 € |
Rendimiento del trabajo | 71.463,60 € |
Fuente: Renta
Fuente: Registro de Control de Conflictos de Intereses.
Información pendiente de validación por el Registro de Control de Conflictos de Intereses (RECCI)
Fuente: Compatibilidades
Fuente: Registro de Control de Conflictos de Intereses.
