Ficha de altos cargos

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  • Sonia Encarnación Díaz Español

  • X legislatura (17/06/2019-25/06/2023)
  • Directora general de la Agencia Tributaria Valenciana
  • Conselleria de Hacienda y Modelo Económico
  • Nombramiento: 14/02/2019 DOGV
  • C/ Gregorio Gea, 14. Planta 1. 46009. València
  • diaz_son@gva.es
  • 961 271 096
 
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La persona titular de la Dirección General será la responsable de la dirección y gestión ordinaria de la Agencia, y ejercerá las competencias inherentes a dicha dirección, en el marco de las directrices del plan plurianual de gestión y del programa anual de actuación, así como las que expresamente se le deleguen por la Presidencia.

En particular, le corresponde a la persona titular de la Dirección General:

a) El ejercicio de la representación ordinaria de la Agencia.

b) La elaboración de las resoluciones o instrucciones sobre organización y funcionamiento efectivo de la Agencia, en desarrollo de lo previsto en este Estatuto.

c) Las relaciones ordinarias con otros órganos de la Administración Autonómica y con otras administraciones públicas o entidades públicas o privadas. En particular, la participación ordinaria, en representación de la Generalitat, en los órganos de coordinación entre administraciones tributarias en el ámbito de la aplicación de los tributos, cuando no correspondan a la persona titular de la conselleria competente en hacienda.

d) El ejercicio de la jefatura superior del personal de la Agencia, y la elaboración de las propuestas en materia de personal al órgano competente de la Generalitat en materia de función pública, salvo la prevista en la letra c del apartado 2 del artículo 5.

e) La elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Agencia, para su elevación al Consejo Rector.

f) La elaboración de la memoria justificativa y económica del plan plurianual de gestión y del programa anual de actuación y, a iniciativa propia o de la Subdirección General, de las propuestas de mejora de la planificación y programación de las actividades de la Agencia, para su elevación al Consejo Rector.

g) La elaboración de propuestas de contratación, para su elevación a la Presidencia.

h) La elaboración de propuestas para la autorización y firma de convenios con otras entidades, y para la aceptación de las delegaciones de competencias o encomiendas de gestión de funciones de otras administraciones públicas o sus entidades dependientes a favor de la Agencia, para su elevación a la Presidencia.

i) La elaboración de propuestas de resolución en materia de responsabilidad patrimonial de la Agencia y su personal para su elevación a la Presidencia.

j) La propuesta a la Abogacía General de la Generalitat de los recursos contenciosos-administrativos en materia tributaria.

k) La propuesta a la Presidencia de provisión de los puestos con rango de subdirector general y del resto de puestos de libre designación.

l) La contestación de las quejas por el funcionamiento de los servicios de la Agencia.

En caso de vacante, ausencia, o enfermedad, las funciones de la Dirección General se ejercerán por la persona titular de la Subdirección General.

Fuente: Funciones

 

No hay registrados viajes

Fuente: Viajes

Fuente: sistema de información que gestionan las secretarías de los altos cargos.

 

No hay registrados obsequios

No hay registrados obsequios

Fuente: Obsequios

 

Fuente: sistema de información que gestionan las secretarías de los altos cargos.

Las retribuciones de los altos cargos de la administración del Consell vienen reguladas en las leyes de presupuestos aprobadas anualmente por Les Corts.

Texto retribuciones altos cargos

  • Sueldo y complementos i: 63.769,68 €

La persona que ostenta la Presidencia, las personas titulares de las Consellerias y de las secretarías autonómicas reciben una cuantía fija, referida a doce mensualidades y no tienen derecho a pagas extraordinarias.

Las personas titulares de las subsecretarías y de las direcciones generales perciben una retribución formada por la suma del sueldo base, el complemento de destino y el complemento específico, referida a doce mensualidades. Además, cobran dos pagas extraordinarias, en los meses de junio y diciembre, por un importe cada una de ellas de una mensualidad del sueldo base y los trienios que, en su caso, les correspondan.

Tanto el sueldo como los trienios se concretan anualmente en la ley de presupuestos de la Generalitat.

Puede consultar la Ley de Presupuestos vigente.

  • Importe trienios i: 3.937,80 €

Los trienios retribuyen la antigüedad del personal funcionario y consisten en una cantidad igual para cada grupo de clasificación profesional o agrupación profesional funcionarial por cada tres años de servicio, referida a catorce mensualidades.

Normativa reguladora:

Artículo 124 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.

Artículo 87 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público.

Tanto el sueldo como los trienios se concretan anualmente en la ley de presupuestos de la Generalitat.

Puede consultar la Ley de Presupuestos vigente.

  • Complemento personal de alto cargo i : 9.261,96 €

El complemento personal de alto cargo es una compensación destinada a equiparar la retribución de quien ocupa un puesto de alto cargo en el Consell con la retribución que venía percibiendo como personal funcionario antes de asumir el cargo.

Normativa reguladora: disposición adicional sexta de la Ley 9/2019 , de 23 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat. Y, art. 30 de Ley 8/2023 de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2024.

  • Retribución íntegra i: 76.969,44 €

Es la suma del sueldo y los complementos, trienios e indemnizaciones por residencia que correspondan.

  • Observaciones: Retribuciones del cargo desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023

Fuente: Retribuciones

Fuente: subsecretaría de cada departamento.

No consta información. Los altos cargos tienen un plazo de 2 meses desde su nombramiento para presentar la declaración.

Fuente: Bienes

Fuente: Registro de Control de Conflictos de Intereses.

No consta información o la información no ha sido facilitada por la AEAT, en caso de autorización para recabar los datos fiscales.

Los altos cargos tienen un plazo de 2 meses desde su nombramiento para presentar la declaración. También podrán autorizar a la OCCI a recabar los datos fiscales de la AEAT.

Fuente: Renta

Fuente: Registro de Control de Conflictos de Intereses.

No consta información. Los altos cargos tienen un plazo de 2 meses desde su nombramiento para presentar la declaración.

No consta información. Los altos cargos tienen un plazo de 2 meses desde su nombramiento para presentar la declaración.

Fuente: Actividades

Fuente: Registro de Control de Conflictos de Intereses

No consta información. Los altos cargos tienen un plazo de 2 meses desde su nombramiento para presentar la declaración.

Fuente: Compatibilidades

Fuente: Registro de Control de Conflictos de Intereses.

Curriculum vitae

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