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Avales y garantías prestadas

La Generalitat puede prestar garantías a las operaciones de crédito o a las obligaciones de contenido económico contraídas por empresas o entidades de cualquier naturaleza, públicas o privadas. Las garantías tienen forma de aval y las autoriza el Consell mediante acuerdo, a propuesta de la persona titular de la Conselleria con competencias en materia de hacienda. El importe total de los avales a autorizar en cada ejercicio se fija en la correspondiente Ley de Presupuestos de la Generalitat, según se regula en la Ley 1/2015 de la Generalitat de regulación de la hacienda pública (art. 89).
 
Los avales concedidos anualmente por la Generalitat, con riesgo vivo, se publican en la Memoria de la Cuenta General:
 
  • 2021:  Memoria. Pasivos financieros. 10.4 Avales y otras garantías (Descargar PDF)
  • 2022:  Memoria. Pasivos financieros. 10.4 Avales y otras garantías (Descargar PDF
 
 
 
Fuente: conselleria competente en materia de financiación
Fecha de actualización: agosto 2023
Periodicidad: trimestral
Fecha de creación: noviembre 2022 
Fundamento jurídico: art. 18.5 de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 9223, de 22.04.2022)