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Personal eventual

El personal eventual realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial. El nombramiento y cese de este personal es libre. En todo caso, el personal eventual cesará automáticamente cuando cese la autoridad a la cual presta su función asesora o de confianza.

+ Fundamento jurídico

  • La Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la función Pública Valenciana, define el personal eventual como aquel que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin. El nombramiento y cese de este personal será libre. En todo caso el personal eventual cesará automáticamente cuando cese la autoridad a la que presta su función asesora o de confianza.
  • La Ley 6/2002, de 2 de agosto de la Generalitat Valenciana, de Estatuto de los Expresidentes de la Generalitat Valenciana establece que el Consell de la Generalitat pondrá a disposición de los expresidentes de la Generalitat los medios necesarios para el sostenimiento de una oficina de apoyo, que contará con los siguientes recursos: dos puestos de trabajo con funciones de asesoramiento y una plaza de conductor, que serán ocupados a propuesta del expresidente y que dependerán orgánicamente de la Presidencia de la Generalitat. El personal que ocupe los lugares mencionados tendrá la consideración de personal eventual y, si fuera personal al servicio de la Generalitat, quedará en la situación administrativa que legalmente corresponda.
  • El Decreto 185/2015, de 16 de octubre, por el cual se regula el personal y los puestos de naturaleza eventual de la Administración de la Generalitat, ha sido modificado en la Disposición final primera del Decreto 105/2019, de 9 de julio, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, estableciendo en 116 el número máximo de los puestos destinados al personal eventual que puede haber en la Administración de la Generalitat.
  • La Ley 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunidad Valenciana, establece en su artículo 14.2.4 que se publicará la relación del personal eventual existente, su identificación, las labores de confianza y asesoramiento que tienen encomendadas, el órgano para el cual las realizan, su perfil y trayectoria profesional, sus retribuciones íntegras anuales y las indemnizaciones por razón del servicio.

     

Personal eventual per conselleries

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Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

CSV

  NOM / NOMBRE FUNCIÓ / FUNCIÓN CATEGORIA LLOC / PUESTO NOMENAMENT / NOMBRAMIENTO

PUBLICACIÓ EN DOGV

PUBLICACIÓN EN DOGV

CURRÍCULUM
  Frías Sánchez, Margarita Assessora d´assumptes generals / Asesora de asuntos generales C2 30150 23/11/2024

DOGV 10/12/2024 

valencià castellano

Currículum
  Franco Pinilla, María Assessora d´assumptes parlamentaris / Asesora de asuntos parlamentarios C2 23765 23/11/2024

DOGV 10/12/2024 

valencià castellano

Currículum
  Pérez Rodríguez, José Francisco Assessor del gabinet / Asesor del gabinete C2 29152 23/11/2024

DOGV 10/12/2024 

valencià castellano

 
  Felip Paradells, Ester Directora del gabinet / Directora del gabinete C1 23762 23/11/2024

DOGV 10/12/2024 

valencià castellano

 
  Bou Oukkal, José Assessor d´assumptes generals / Asesor de asuntos generales C2 23763 23/11/2024

DOGV 10/12/2024 

valencià castellano

Currículum
  Manresa Martínez, María Ángeles Assessora de premsa / Asesora de prensa C2 23766 23/11/2024

DOGV 10/12/2024 

valencià castellano

 

 

Información adicional (Personal eventual)

 

Fuente: unidades de transparencia de cada departamento / organismo de la Generalitat
Fecha de actualización: marzo 2025
Periodicidad: la información se actualizará cada vez que se produzca un nombramiento o un cese
Fecha de creación: enero 2016 
Fundamento jurídico: art. 14.2.a) 4º de la Ley 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 9323, de 22.04.2022) y el art. 31.3 del Decreto 105/2017, de 28 de julio, del Consell, de desarrollo de la Ley 2/2015, de 2 de abril (DOGV núm. 8118, de 01.09.2017). Indicador núm. 4 del índice INCAU 2016 de Transparencia Internacional