FITXA D'ALTS CÀRRECS

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  • XI legislatura (26/06/2023- )
  • Dirección general de la Agència Valenciana de Seguretat Ferroviària
  • Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio

Corresponden a la Dirección General las siguientes funciones:

  • Ejercer la dirección ejecutiva de la Agencia y la representación ordinaria, en los términos previstos en las disposiciones vigentes.
  • La ejecución de los acuerdos tomados por el Consejo Rector.
  • Ejercer la potestad sancionadora en materia de seguridad ferroviaria por infracciones leves.
  • Formular el anteproyecto de presupuestos anual de gastos e ingresos con anterioridad a la fecha que anualmente se determine por la orden por la que se dictan las normas para la elaboración de presupuestos del año anterior a su aplicación, a fin de proceder a su estudio y aprobación por el mismo para su posterior remisión, a través de la conselleria competente en materia de transportes, a la conselleria competente en materia de presupuestos.
  • Aprobar los gastos y ordenar los pagos de la Agencia.
  • La rendición de la cuenta del organismo. Para ello presentará para su formulación las cuentas anuales, el informe de gestión y el informe relativo al cumplimiento de las obligaciones de carácter económico-financiero, antes del 31 de marzo del año siguiente a que hace referencia, así como a los efectos del control financiero que establece la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.
  • Ejercer la inspección y el régimen interno de los servicios del organismo, el ejercicio de la jefatura superior de su personal y la elaboración de las propuestas en materia de personal al órgano competente de la Generalitat en materia de función pública.
  • La elaboración de planes o proyectos de actuación, la dirección y coordinación de las actividades que sean necesarias para el desarrollo de sus funciones, la aprobación de instrucciones que procedan sobre organización y funcionamiento efectivo del organismo, en desarrollo de lo previsto en este reglamento.
  • La elaboración de propuestas al órgano competente en materia de tecnologías de la información de la planificación de la gestión de recursos informáticos necesarios y de administración electrónica para el desarrollo de las funciones del organismo.
  • La elaboración de propuestas para la autorización y firma de convenios con otras entidades, y para la aceptación de las delegaciones de competencias o encomiendas de gestión de funciones de otras administraciones públicas o sus entidades dependientes a favor de la Agencia, para su aprobación.
  • La celebración de contratos de la Agencia de cuantía inferior a 750.000 euros, conforme a la legislación vigente en materia de contratos del sector público, y la elaboración de propuestas de contratación de contratos de cuantía superior, para su elevación al Consejo Rector.
  • La contestación de las quejas por el funcionamiento de los servicios del organismo.
  • La resolución de los procedimientos administrativos correspondientes a su ámbito de competencia y la formulación de las propuestas al órgano competente cuando la resolución deba adoptarse en otra instancia.
  • Cualquier otra función no expresamente atribuida a otros órganos de la agencia y las que le sean delegadas por el presidente o la presidenta o el Consejo Rector.

Fuente: Funciones

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