FITXA D'ALTS CÀRRECS

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  • X legislatura (17/06/2019-25/06/2023)
  • Dirección general del Sector Público y Patrimonio
  • Consellería de Hacienda y Modelo Económico

La Dirección General del Sector Público y Patrimonio ejerce las competencias establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, así como las demás previstas en el ordenamiento jurídico en materia de patrimonio de la Generalitat, su gestión inmobiliaria, económica, y el parque móvil de la Generalitat, análisis, planificación, ordenación, seguimiento y evaluación para la reestructuración y racionalización del sector público instrumental de la Generalitat, excepto los organismos autónomos y los consorcios sanitarios, así como las de seguimiento y control de estas actuaciones.

Asimismo, le corresponde dirigir y coordinar las unidades administrativas que se adscriben bajo su dependencia, impulsando y coordinando la consecución de los programas y la ejecución de los proyectos que tengan asignados, controlando y supervisando el cumplimiento de los objetivos.

Bajo la coordinación, control y supervisión de la persona titular de la Secretaría Autonómica de Modelo Económico y Financiación, y adscrita a la misma, la Dirección General del Sector Público y Patrimonio ejerce, entre otras, las siguientes competencias:

  • Impulsar la elaboración de estudios y propuestas de actuación en orden a la planificación y ordenación en materia de reestructuración y racionalización del sector público instrumental, así como su seguimiento y evaluación.
  • Resolver los expedientes y emitir los informes preceptivos que, de acuerdo con la normativa vigente, correspondan a la conselleria competente en materia de sector público.
  • Impulsar la elaboración de normativa, propuestas de ordenación y reglamentación del sector público instrumental.
  • Hacer el seguimiento de la evolución del sector público en el inventario de entes de la comunidad autónoma, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Intervención General.
  • Analizar, evaluar y hacer el seguimiento de la situación económica-financiera, presupuestaria y de gestión del sector público instrumental y elaborar propuestas en esta materia.
  • Emitir el informe preceptivo sobre las propuestas de relación de puestos de trabajo o instrumento similar y sus modificaciones, elaboradas por los entes del sector público instrumental que estén dentro de su ámbito competencial o, excepcionalmente, por los organismos autónomos que cuenten con personal laboral propio. Definir los procedimientos e instrucciones para la elaboración de dichas relaciones de puestos de trabajo.
  • Coordinar la actuación administrativa con otros niveles de la Administración de la Generalitat en materia de regulación y supervisión del sector público.
  • Cubrir las necesidades de la Administración de la Generalitat con la dotación de edificios administrativos.
  • Supervisar y aprobar instrucciones de organización y funcionamiento, así como la optimización y asignación de espacios de la ciudad administrativa 9 d'octubre (CA90).
  • Supervisar i aprobar instrucciones de organización y funcionamiento, así como la optimización y asignación de espacios en el Complejo Logístico y de Archivo de la Generalitat en Riba-roja de Túria.
  • Impulsar los expedientes de adquisición de bienes inmuebles a título oneroso y gratuito; permuta, enajenación, explotación y cesiones de bienes inmuebles y derechos inmobiliarios patrimoniales.
  • Impulsar expedientes de afectaciones y desafectaciones, mutaciones demaniales, adscripciones y desascripciones, así como las reversiones de bienes inmuebles.
  • Impulsar los expedientes de declaración de herederas y herederos abintestato y liquidación de herencias procedentes de abintestatos.
  • Impulsar la defensa e investigación de los bienes inmuebles de la Generalitat.
  • Optimizar los vehículos de la Generalitat que conforman el parque móvil.

Fuente: Funciones

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