Ficha de altos cargos

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  • XI legislatura (26/06/2023- )
  • Presidencia de la Agència Valenciana de Seguretat Ferroviària
  • Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
La Agència Valenciana de Seguretat Ferroviària tiene por objeto ejercer las competencias de la seguridad del sistema ferroviario de competencia de la Generalitat constituyéndose como autoridad responsable.
 
Corresponden a la Presidencia de la Agència las siguientes atribuciones:
 
a) Ostentar la superior representación institucional de la agencia en todas sus relaciones con entidades públicas y privadas y la firma de los actos y acuerdos de competencia del Consejo Rector.
 
b) Ejercer el gobierno de la Agència y el régimen disciplinario de su personal, en los términos previstos en las disposiciones vigentes.
 
c) Formular propuesta de nombramiento de la persona titular de la Dirección General.
 
d) Ejercer las potestades administrativas que se atribuyen a la agencia y que no correspondan a otro órgano, en especial la potestad sancionadora por infracciones graves y muy graves.
 
e) Presidir las sesiones de Consejo Rector, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas.
 
f) Acordar la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias y fijar el orden del día, teniendo en cuenta, en su caso, las peticiones de los y las vocales siempre que hayan sido formuladas con 48 horas de antelación para su inclusión en dicho documento.
 
g) Dirimir con su voto los empates, a efectos de adoptar acuerdos.
 
h) Visar las actas y certificaciones de los acuerdos del órgano.
 
i) Realizar aquellas otras tareas que sean inherentes a la Presidencia del Consejo Rector.
 
j) Dirigir los trabajos del Consejo y decidir el reparto de tareas de las personas miembros y de la Dirección General en el marco de las competencias atribuidas en la ley reguladora de la seguridad ferroviaria y en el estatuto de la agencia.
 
k) Realizar aquellas funciones que sean inherentes a la Presidencia y que no estén atribuidas a otros órganos. 

Fuente: Funciones

Las retribuciones de los altos cargos de la administración del Consell vienen reguladas en las leyes de presupuestos aprobadas anualmente por Les Corts.

Texto retribuciones altos cargos

  • Sueldo y complementos i: 0 €

La persona que ostenta la Presidencia, las personas titulares de las Consellerias y de las secretarías autonómicas reciben una cuantía fija, referida a doce mensualidades y no tienen derecho a pagas extraordinarias.

Las personas titulares de las subsecretarías y de las direcciones generales perciben una retribución formada por la suma del sueldo base, el complemento de destino y el complemento específico, referida a doce mensualidades. Además, cobran dos pagas extraordinarias, en los meses de junio y diciembre, por un importe cada una de ellas de una mensualidad del sueldo base y los trienios que, en su caso, les correspondan.

Tanto el sueldo como los trienios se concretan anualmente en la ley de presupuestos de la Generalitat.

Puede consultar la Ley de Presupuestos vigente.

  • Retribución íntegra i: Cargo sin retribuciones

Es la suma del sueldo y los complementos, trienios e indemnizaciones por residencia que correspondan.

  • Observaciones: Cargo sin retribuciones

Fuente: Retribuciones

Fuente: subsecretaría de cada departamento.

Curriculum vitae

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