Ficha de altos cargos

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  • Joaquín Carrión Candel

  • IX legislatura (29/06/2015-16/06/2019)
  • Director General de Centros y Personal Docente
  • Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
  • Cese: 16/07/2019 DOGV
  • Nombramiento: 09/07/2015 DOGV
  • La información sobre la persona que ocupaba el cargo se ha mantenido publicada durante los tres años posteriores a su cese, de acuerdo con la normativa siguiente:
    - Artículo 19 de la Ley 8/2016, de 28 de octubre, de la Generalitat, de Incompatibilidades y Conflictos de Intereses de Personas con Cargos Públicos no Electos (DOGV núm. 7911, de 07.11.2016).
    - Artículo 32.3 del Decreto 65/2018, de 18 de mayo, del Consell, por el cual se despliega la Ley 8/2016, de 28 de octubre (DOGV núm. 8304, de 28.05.2018).
    - Artículo 37 del Decreto 105/2017, de 28 de julio, del Consell, de despliegue de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, en materia de transparencia y de regulación del Consell de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (DOGV núm. 8118, de 01.09.2017).

La Dirección General de Centros y Personal Docente ejercerá las funciones previstas en el artículo 70 de la Ley del Consell en materia de centros docentes, servicios educativos, todo ello referido a Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, educación especial, educación a distancia y educación de personas adultas. Asimismo, asume las funciones en materia de propuesta y ejecución de la política de personal docente de la conselleria, excepto en aquellas materias atribuidas a la conselleria con competencia en administración pública. En particular, ejercerá las siguientes funciones:

  • Proponer la ordenación del régimen jurídico, administrativo y económico de los centros docentes no universitarios y la dotación de los medios materiales de los centros y de los servicios de apoyo educativo.
  • La propuesta de autorización, reconocimiento, homologación, transformación, modificación o supresión de centros educativos privados.
  • La tramitación, propuesta y gestión de los conciertos educativos con los titulares de los centros privados.
  • El registro de los centros educativos, así como la autorización y supresión de las enseñanzas a impartir en los centros públicos y privados.
  • Ordenar la oferta educativa en cada curso escolar, establecer los procesos de admisión del alumnado en todas las enseñanzas y coordinar los procesos de atención al alumnado y sus familias.
  • El ejercicio de las facultades en materia de régimen disciplinario y sancionador en relación con los centros docentes, sin perjuicio de las que el ordenamiento jurídico atribuya a la persona titular del departamento.
  • La edición, gestión y registro del historial académico del alumnado y, en su caso, de los libros de escolaridad acreditativos de los estudios de los diferentes niveles y etapas.
  • La expedición de títulos y diplomas académicos y profesionales de enseñanzas no universitarias, cuya competencia corresponda en la conselleria competente en materia de educación. Gestión del registro de los títulos académicos y profesionales de la Comunitat Valenciana.
  • La gestión en materia de becas y ayudas al estudio en el ámbito no universitario, así como las ayudas y subvenciones a conceder, dentro del ámbito funcional de esta dirección general.
  • La planificación, ordenación y ejecución de actuaciones relativas al transporte y comedor escolar, servicios escolares, escuela-hogar y otros de naturaleza análoga.
  • Ejercer la dirección del personal docente dependiente de la conselleria y las funciones de propuesta, gestión y ejecución en materia de personal no docente de los centros educativos, en concreto fisioterapeutas, educadores especiales y educadores de escuela infantil, excepto en aquellos aspectos que estén atribuidos a la conselleria con competencias en materia de función pública.
  • Crear, modificar y suprimir los puestos de trabajo de las plantillas de los centros docentes, de los servicios de apoyo educativo y de los puestos de asesores técnicos docentes y coordinadores técnicos docentes, así como la elaboración, aprobación y publicación de las plantillas de personal docente de los mencionados centros y servicios y puestos, y proponer la dotación de puestos de trabajo de personal no docente, de acuerdo con la planificación prevista.
  • Gestión y actualización del Registro de Personal Docente no Universitario, sin perjuicio de las funciones que tengan encomendadas otros órganos o departamentos de la Generalitat.
  • Elaborar y proponer para su aprobación la oferta de empleo público de personal docente, así como dictar todas las resoluciones y actos administrativos que se requieran en los procedimientos selectivos para el ingreso en la función pública docente no universitaria, excepto la convocatoria y la aprobación de las bases, que se realizará por orden de la persona titular de la conselleria.
  • Convocar, gestionar y resolver los procedimientos para la provisión de puestos de trabajo de carácter docente que dependan del departamento.
  • Estudiar, proponer y desarrollar medidas que tiendan a la mejora de las condiciones de trabajo y de la productividad, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a los órganos competentes en materia de función pública.
  • Ejercer las facultades disciplinarias respecto del personal docente dependiente de la Conselleria, excepto las que el ordenamiento jurídico atribuye a otros órganos.
  • La tramitación, propuesta y, en general, ejecución de los actos de gestión económica y administrativa que le correspondan, dentro del ámbito funcional del centro directivo y de acuerdo con lo que establezcan las disposiciones e instrucciones dictadas por los órganos competentes.
  • Actualización de los contenidos de la página web de la conselleria, en el ámbito funcional del centro directivo, sin perjuicio de las atribuciones del órgano competente en materia de tecnologías de la información.
  • La elaboración, emisión de informes y propuesta de disposiciones sobre las materias de su ámbito funcional, así como dictar resoluciones, circulares e instrucciones en asuntos de su competencia.
  • Estudiar, elaborar y proponer las condiciones técnico-pedagógicas que debe reunir el equipamiento escolar y material didáctico.
  • Cualquier otra función que le encomienden los titulares de la conselleria o la secretaría autonómica de la que depende, o le confieran las disposiciones vigentes.

Fuente: Funciones

Curriculum vitae